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Declaration on digital rights and principles: EU values and citizens at the centre of digital transformation
Consejo Europeo y Consejo de la Unión Europea | 2022
La web explica que la Declaración sobre derechos y principios digitales es un acuerdo interinstitucional del Consejo de la UE, el Parlamento Europeo y la Comisión que define un marco de derechos y valores europeos en la transformación digital, poniendo a las personas en el centro de ese proceso. Promueve una transformación digital inclusiva, justa, segura y sostenible que respete los valores fundamentales de la UE, como la dignidad, la libertad, la igualdad, el estado de derecho y la democracia, y asegure que la tecnología beneficie a individuos, empresas y sociedad. El texto recalca la importancia de privacidad, control individual de datos, acceso a servicios y educación digitales, conectividad, libertad de elección frente a algoritmos e IA, participación en el espacio público digital, y seguridad online, especialmente para niños y jóvenes. La declaración servirá de referencia para responsables políticos, empresas y otros agentes al desarrollar tecnologías y políticas digitales.
La déclaration sur les droits et principes numériques pour la décennie numérique : un texte en trompe-l’œil
Marylou Le Roy | 2023
El artículo critica la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital como un texto políticamente ambicioso pero jurídicamente débil, publicado en el Diario Oficial de la UE el 23 de enero de 2023 tras negociaciones entre Estados miembros, Parlamento y Comisión Europea. Señala que aunque la declaración enuncia principios como poner a los ciudadanos en el centro, inclusión, libertad de elección, educación digital, seguridad y sostenibilidad, no crea derechos directamente aplicables ni añade mucho valor jurídico nuevo para las personas en comparación con la protección ya existente en la legislación de la UE. El texto replica valores previos, carece de mecanismos de ejecución y deja la aplicación efectiva a políticas futuras y a instrumentos ya existentes, por lo que algunos principios quedan vagos o incompletos
Artículo sobre la muerte y la herencia digitales, entendidas como la facultad de una persona para gestionar y disponer de sus bienes digitales. Pone un particular énfasis en la reforma de 2016 que permite a los ciudadanos dar directrices acerca del destino de sus datos personales, como sus perfiles en redes sociales, después de su muerte.
Immortalité numérique versus droit à la mort ou comment mourir sur l’Internet ?
Marie Lamarche | 2019
Estudio sobre la respuesta normativa del legislador francés al fenómeno de la desinformación, particularmente en plataformas digitales. La autora analiza la regulación vigente, con particular énfasis en la Ley de 22 de diciembre de 2018, destacando las competencias del Conseil Supérieur de l’audiovisuel (CSA), las nuevas obligaciones de los titulares de plataformas digitales (especialmente, la transparencia algorítmica y la implementación de mecanismos de denuncia de contenidos) y la implantación de un procedimiento de urgencia ágil para retirar contenidos manifiestamente falsos durante períodos electorales. Advierte, no obstante, de los conflictos que puede presentar con la libertad de expresión, que pueden hacer que esta normativa resulte poco operativa.
L’avenir des données personnelles sur les réseaux sociaux de la personne décédée.
Lucas Massard | 2020
La entrada de blog explora la regulación del acceso a los datos personales contenidos en cuentas de redes sociales tras el fallecimiento de una persona.
Champ d’application territorial et données relatives aux personnes décédées
Anne Debet | 2022
Comentario de la sentencia del Consejo de Estado de 5 de julio de 2021 (CE, 10e et 9e ch. réunies, 5 juill. 2021, n° 447088), sobre un asunto relativo al derecho de acceso a los datos de una persona fallecida por parte de su heredera, solicitud dirigida a un banquero suizo. La jurisdicción administrativa observa que los tratamientos de datos relativos a las personas fallecidas quedan en principio excluidos del campo de aplicación del RGPD y quedan únicamente sometidos a la Ley Informatique et Libertés. Dicha Ley únicamente se aplica a los responsables de tratamiento establecidos en el territorio francés, lo que no ocurría en el presente caso. La jurisdicción administrativa no excluye, sin embargo, que los herederos puedan ser considerados como personas afectadas a efectos del RGPD dado que se trata de datos relativos al causante. Examina así, adicionalmente, la cuestión del ámbito de aplicación territorial del RGPD. La sentencia aporta una serie de precisiones sobre el ámbito de aplicación territorial de la Ley IL cuando se encuentran involucrados datos de las personas fallecidas.
Les avatars post mortem : questions juridiques choisies
Judith Rochfeld | 2023
La cuestión de los avatares post mortem y de una posible prolongación de los difuntos hacia una eternidad digital plantea, evidentemente, diversas cuestiones jurídicas (además de las éticas, filosóficas, técnicas, etc.). En primer lugar, hay que precisar que bajo la denominación «avatares post mortem» se engloban todas las propuestas técnicas que permiten recrear —o que proclaman recrear— interacciones entre personas vivas y fallecidas, ya sea mediante respuestas electrónicas escritas (chat), palabras y voces (asistente vocal o deadbot) o incluso a través de avatares de difuntos, inmersos o no en universos inmersivos. Se trata, por tanto, de todas las tecnologías que supuestamente permiten recuperar, mediante mensajes de texto, voz o avatares, relaciones o conversaciones con personas fallecidas. El caso de una madre coreana, afligida por la pérdida de su hija de 7 años, que encontró en un universo virtual el avatar de la niña instándola a dejar de llorar y seguir con su vida, dio la vuelta al mundo y popularizó la situación. Y podríamos multiplicar los ejemplos de modos de interacción que hoy en día están a disposición de las personas que desean reanudar una «conversación» con sus seres queridos o personas fallecidas: el mercado es jugoso y no deja de crecer; las propuestas diversas se multiplican.
La transmission successorale du patrimoine numérique du défunt.
Andréa Dumetrier, | 2024
La transmisión del patrimonio digital de una persona fallecida está regulada por la ley. Es posible, en vida, expresar sus preferencias en cuanto a la conservación o la supresión de sus datos. Los herederos pueden subrogarse en los derechos del fallecido.
La transmission du patrimoine numérique bouleverse les codes
Yann-Mael Larher | 2025
Artículo sobre la muerte y la herencia digitales, entendidas como la facultad de una persona para gestionar y disponer de sus bienes digitales -con particular énfasis en sus perfiles en redes sociales- después de su muerte.
Données post-mortem : y a-t-il une vie numérique après la mort ?
Régis Chatellier | 2025
Artículo que analiza la evolución del marco normativo francés en el ámbito concreto de los efectos de la muerte de una persona sobre sus bienes digitales, destacando en particular cómo la Loi Informatique e Libertés habilita a los individuos para hacer disposiciones post mortem, yendo más allá de lo previsto por el Reglamento General de Protección de Datos. El autor examina críticamente el surgimiento de una nueva industria, los servicios funerarios digitales, que no se limita a la eliminación de perfiles en redes sociales, sino que ofrece otras prestaciones, como cementerios virtuales o deadbots (bots que utilizan IA para simular conversaciones con la persona fallecida).