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La página “Adapting to the digital age” del Parlamento Europeo explica cómo la protección de datos personales es un derecho fundamental consagrado en el Artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, aplicable tanto dentro de la UE como cuando se ofrece bienes o servicios a residentes en la UE. El texto subraya que los datos deben procesarse de forma justa, con consentimiento o base legal, y que las personas tienen derechos como acceso, rectificación, borrado, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos personales. La legislación de la UE (como el Paquete de Protección de Datos y el RGPD) establece obligaciones para quienes tratan datos y mecanismos de control y sanción por parte de autoridades independientes. El balance entre seguridad (como lucha contra crimen y terrorismo) y privacidad/datos personales también es enfatizado como esencial en la era digital.
En la página web se explica que en la UE la protección de datos personales es un derecho fundamental consagrado en la Carta de los Derechos Fundamentales y está regulado por un marco legal sólido que abarca varias normas clave. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es la pieza central, aplicable desde 2018, y establece reglas sobre cómo se deben recoger, procesar, usar y proteger los datos personales de las personas físicas, incluyendo sus derechos (acceso, rectificación, supresión) y obligaciones para empresas y organizaciones. El marco también incluye la Directiva de protección de datos en el ámbito de la aplicación de la ley (para datos policiales y judiciales) y un Reglamento específico para las instituciones de la UE. Para garantizar una aplicación coherente, existen autoridades nacionales de protección de datos, el European Data Protection Board y el Supervisor Europeo de Protección de Datos. El sitio ofrece enlaces a legislación, guías y herramientas de orientación para distintos públicos
Web en la que se explica el Digital Fairness Act (DFA): una iniciativa legislativa de la Comisión Europea (actualmente en preparación) para reforzar la protección y la equidad del consumidor en el entorno digital, ampliando la legislación existente como el Digital Services Act. Está diseñado para luchar contra prácticas comerciales problemáticas online adaptadas a la era digital, como dark patterns (diseños manipulativos), diseños adictivos, personalización injusta, marketing engañoso de influencers, prácticas de suscripción complicadas y otros casos de explotación de vulnerabilidades de consumidores, con especial atención a menores. El acto también busca simplificar las reglas para las empresas y garantizar un marco coherente de protección para los usuarios. La Comisión abrió una consulta pública en 2025 y planea presentar la propuesta legislativa en el cuarto trimestre de 2026.
La relación entre la norma suprema e Internet resulta de extrema importancia en la era digital. Internet no es una mera una innovación técnica, pues supone una revolución en los modos de vida, de comunicación y de consumo. En términos de libertades individuales y públicas, Internet constituye un elemento ineludible para el ejercicio de la libertad de comunicación e información, pero es también un factor de nuevos riesgos para la protección de la vida privada y de los datos personales. En este contexto, la aproximación entre Internet y la Constitución se ha producido tanto en la afirmación de las grandes libertades garantizadas constitucionalmente, como en la definición de los grandes equilibrios entre las libertades frente a los nuevos riesgos de Internet. La Constitución y la jurisprudencia constitucional han sabido adaptarse al reto digital del siglo XXI, aunque la era digital invita al reconocimiento de nuevos derechos.
Eurobarómetro y Directorate-General for Health and Food Safety | 2014
Se trata de un Flash Eurobarometer que explora cómo y en qué medida las personas de la Unión Europea usan internet y recursos digitales para gestionar su salud, apoyando los objetivos de la eHealth Action Plan 2012‑2020 para integrar la salud digital en los sistemas sanitarios. El estudio analiza qué tipo de información de salud buscan los ciudadanos en línea, dónde la buscan y por qué, y mide su satisfacción con la información encontrada y su disposición a usar internet para cuestiones de salud en el futuro. También investiga las razones por las que algunos no usan internet para temas de salud, qué medios alternativos emplean y si considerarían utilizar internet más adelante. Además ofrece un panorama del uso general de internet en Europa, los patrones de búsqueda de información sanitaria y aspectos relacionados con visitas médicas y actividad física, con el fin de orientar políticas que mejoren la alfabetización digital en salud
Géolocalisation du véhicule du salarié : quand finalité, proportionnalité et fiabilité font loi
Alexia Gardin | 2015
Comentario a la Resolución de la Commission nationale de l’informatique et des libertés (CNIL) n.º 2015-165, de 4 de junio de 2015, relativa a la geolocalización de vehículos de empresa por el empleador. La autora destaca el carácter personal de estos datos desde la perspectiva de los empleados y la necesidad de ponderar la finalidad y la proporcionalidad del tratamiento para determinar si constituye una injerencia legítima del empresario, y estudia la propuesta normativa de la CNIL para aportar mayor seguridad jurídica en este ámbito, limitando los fines permitidos y los datos que pueden ser recogidos e imponiendo algunas líneas rojas (ej.: prohibición de recopilar datos fuera del horario laboral, posibilidad de deshabilitar la geolocalización durante pausas).
Artículo sobre la muerte y la herencia digitales, entendidas como la facultad de una persona para gestionar y disponer de sus bienes digitales. Pone un particular énfasis en la reforma de 2016 que permite a los ciudadanos dar directrices acerca del destino de sus datos personales, como sus perfiles en redes sociales, después de su muerte.
Preliminary EDPS Opinion on the review of the ePrivacy Directive (2002/58/EC)
European Data Protection Supervisor | 2016
El documento aborda la revisión de la ePrivacy Directive (2002/58/EC) aboga por un nuevo marco jurídico más claro, fuerte y actualizado que complemente y especifique las protecciones del GDPR, sin rebajar el nivel actual. Insiste en proteger la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas como un derecho fundamental para todos los servicios, incluidos VoIP, mensajería móvil, IoT y redes Wi‑Fi públicas. El consentimiento debe ser genuino y libre, sin “muros de cookies”, y ampliarse la protección del tráfico y datos de localización. Se solicita que el nuevo instrumento permita el uso de cifrado de extremo a extremo sin puertas traseras y que mejore la protección contra comunicaciones no solicitadas, requiriendo consentimiento previo. Asimismo, el EDPS recomienda extender el alcance y armonizar la aplicación para cubrir tecnologías modernas y garantizar mecanismos eficaces de consentimiento y revocación.
Artículo que analiza la evolución del marco normativo francés en el ámbito concreto de los efectos de la muerte de una persona sobre sus bienes digitales, destacando en particular cómo la Loi Informatique e Libertés habilita a los individuos para hacer disposiciones post mortem, yendo más allá de lo previsto por el Reglamento General de Protección de Datos. El autor examina críticamente el surgimiento de una nueva industria, los servicios funerarios digitales, que no se limita a la eliminación de perfiles en redes sociales, sino que ofrece otras prestaciones, como cementerios virtuales o deadbots (bots que utilizan IA para simular conversaciones con la persona fallecida).