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La transmission du patrimoine numérique bouleverse les codes
Yann-Mael Larher | 2025
Artículo sobre la muerte y la herencia digitales, entendidas como la facultad de una persona para gestionar y disponer de sus bienes digitales -con particular énfasis en sus perfiles en redes sociales- después de su muerte.
Données post-mortem : y a-t-il une vie numérique après la mort ?
Régis Chatellier | 2025
Artículo que analiza la evolución del marco normativo francés en el ámbito concreto de los efectos de la muerte de una persona sobre sus bienes digitales, destacando en particular cómo la Loi Informatique e Libertés habilita a los individuos para hacer disposiciones post mortem, yendo más allá de lo previsto por el Reglamento General de Protección de Datos. El autor examina críticamente el surgimiento de una nueva industria, los servicios funerarios digitales, que no se limita a la eliminación de perfiles en redes sociales, sino que ofrece otras prestaciones, como cementerios virtuales o deadbots (bots que utilizan IA para simular conversaciones con la persona fallecida).
La vie privée des mineurs en Europe et aux États-Unis : régulation authentique ou mirage numérique ?
Bruno Ancel | 2025
A pesar de proteger el derecho a la privacidad, la legislación europea (RGPD, DSA) presenta limitaciones a la hora de garantizar la seguridad de los datos de los menores. Por el contrario, Estados Unidos ha promulgado leyes específicas que en principio resultan más eficaces. El trabajo examina de qué manera estas legislaciones intentan proteger la información personal de los niños, al tiempo que pone de relieve los obstáculos jurídicos que es necesario superar para garantizar su seguridad y preservar su futuro digital.
Site de diffusion d’avis en ligne – Google My Business : première décision d’une cour d’appel
Anne Debet | 2025
Comentario de la Sentencia de 22 de mayo de 2025 del Tribunal de Apelación de Chambéry, que considera que la publicación de opiniones en línea sobre una dentista constituye un tratamiento de datos sin base legal. En consecuencia, la dentista en cuestión tiene derecho a solicitar la supresión de sus datos (artículo 17 RGPD). Se trata de la primera decisión de un tribunal de apelación en el litigio Google My Business. La misma muestra sus reservas en cuanto a la publicación de opiniones en línea sobre los médicos, por considerarlas poco fiables y no verificarse la identidad de las personas que las redactan. La CNIL, por el contrario, parece mantener una posición más matizada. Sin duda, sería necesaria una sentencia de la Corte de Casación, cuando no del TJUE, para zanjar el debate sobre el equilibrio entre la libertad de información de los pacientes y el derecho a la protección de datos.
La nuit des données mortes-vivantes : des traces numériques qui refusent de morir
Jordy Bony | 2025
Existe un gran reconocimiento del valor de los datos personales de las personas, y estos no pierden su valor tras su fallecimiento. Los datos post mortem no tienen menos valor que los datos «vivos», y la llegada de la inteligencia artificial lo demuestra al dar más consistencia al concepto de “muerte digital”. Existe un marco jurídico en Francia para proteger los datos post mortem de las personas, pero este ha sido puesto en entredicho con la inteligencia artificial. Los usos lucrativos de los datos post mortem, gracias a esta tecnología, ofrecen servicios peligrosos para la privacidad y la salud mental de las personas. Todo ello también supone un peligro para el Derecho, que debe maximizar la seguridad jurídica de las personas teniendo más en cuenta estos nuevos retos.
Italy’s contribution to the report on ‘The right to privacy in the digital age
Ministero degli Affari Esteri - Comitato interministeriale per i Diritti Umani | 2025
El documento recoge la contribución de Italia al informe de la ONU sobre “El derecho a la privacidad en la era digital” (HRC Res. 54/21). Presenta el papel y la estructura de la Autoridad Italiana de Protección de Datos (Garante per la protezione dei dati personali), autoridad administrativa independiente creada por la Ley 675/1996 y actualmente regulada por el Código de Protección de Datos Personales (D. Leg. 196/2003), modificado por el D. Leg. 101/2018, que la designa como autoridad de control del RGPD conforme al art. 51 del Reglamento 2016/679. Su misión es salvaguardar derechos y libertades fundamentales en el tratamiento de datos personales y garantizar la dignidad de las personas. Funciona como órgano colegiado de cuatro miembros elegidos por el Parlamento por siete años. Entre sus competencias destacan: supervisar la licitud del tratamiento, tramitar reclamaciones, limitar o prohibir tratamientos, emitir recomendaciones, asesorar al legislador, elaborar un informe anual y participar en cooperación europea e internacional. Italia reafirma su compromiso con los mecanismos de derechos humanos de la ONU
El informe evalúa los avances de la UE hacia los objetivos digitales de 2030. Identifica mejoras en cobertura básica de 5G y despliegue de nodos periféricos, pero señala que la UE sigue lejos de metas clave como IA, semiconductores, 5G autónoma, habilidades digitales y protección de grupos vulnerables. Las hojas de ruta nacionales suman inversiones de 288 600 millones € pero el informe pide más inversión pública y privada para fortalecer infraestructura y capacidades digitales. También se ofrecen resúmenes de 27 informes por país y se vincula con otros documentos de monitoreo y recomendaciones horizontales.
La web explica la Declaración Europea de Derecho y Principios Digitales que establece un marco para que la UE dirija la transformación digital conforme a valores europeos, poniendo a las personas en el centro y protegiendo sus derechos online y offline. Se articula en seis principios: poner a las personas y sus derechos en el centro; promover solidaridad e inclusión con acceso a servicios y habilidades digitales; garantizar libertad de elección y protección frente a contenidos dañinos; fomentar la participación democrática y control de datos; asegurar un entorno digital seguro y protegido para todos; y apoyar la sostenibilidad y el impacto ambiental de las tecnologías digitales. La declaración sirve de guía para políticas y legislación de la UE y se monitoriza periódicamente, con cifras que muestran percepciones de los ciudadanos sobre protección de derechos digitales, inclusión y sostenibilidad.
Reglamento sobre la identidad digital europea (EUDI)
Comisión Europea | 2025
La web explica la Regulación sobre la Identidad Digital Europea (EUDI) que establece un marco legal para una identidad digital común en la Unión Europea que permitirá a ciudadanos y empresas disponer de carteras digitales de identidad fiables, seguras e interoperables en toda la UE. Estas carteras vinculan la identidad nacional con atributos personales (como carnés de conducir, títulos o cuentas bancarias) y permiten a los usuarios controlar qué datos comparten al acceder a servicios digitales públicos y privados, reduciendo el intercambio de datos innecesarios. El reglamento mejora el anterior marco eIDAS y armoniza la seguridad y ciberseguridad de las soluciones de identidad digital en la UE, promoviendo transparencia, confianza y facilidad de uso. Los Estados miembros deben ofrecer estas carteras digitales a más tardar a finales de 2026. Las carteras también facilitan firmas electrónicas, servicios de confianza y aumentan la seguridad y eficiencia en transacciones en línea, con beneficios para ciudadanos, gobiernos, proveedores de servicios y la sociedad en general.
La web explica que la identificación electrónica (eID) en la Unión Europea es una herramienta clave para garantizar acceso seguro a servicios en línea y transacciones digitales, actuando como prueba digital de identidad para personas y empresas, especialmente en ámbitos sensibles como la banca. Antes de 2014, la falta de una base jurídica común dificultaba el reconocimiento mutuo de identidades electrónicas entre Estados miembros; el Reglamento eIDAS de 2014 estableció ese marco y permitió la interoperabilidad transfronteriza, aunque con adopción limitada. Para responder a la expansión de servicios digitales y crecientes preocupaciones sobre privacidad, la UE ha actualizado el marco con el Reglamento de Identidad Digital Europea (EUDI) de 2024, que introduce carteras digitales de identidad seguras y privadas que dan a los ciudadanos control sobre sus datos personales y facilitan su uso en toda la UE. La Comisión ha fijado objetivos, como que todos los ciudadanos tengan acceso a una identificación electrónica segura reconocida en toda la Unión para 2030.