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Digital technologies as a means of repression and social control
Parlamento Europeo | 2021
Este estudio examina cómo las tecnologías digitales emergentes —como IA, vigilancia biométrica, algoritmos, apagones de internet y control de información— se han convertido en herramientas utilizadas por regímenes autoritarios y estados para reprimir derechos humanos y controlar sociedades, ampliando sus capacidades de vigilancia y limitando libertades. Señala que estas tecnologías, aunque pueden apoyar valores democráticos, en la práctica han profundizado problemas de derechos fundamentales, afectando la libertad de expresión e información, la privacidad, la no discriminación y el ejercicio de derechos civiles. El informe analiza marcos internacionales de derechos humanos, evalúa la herramienta de política exterior de la UE para contrarrestar tales abusos y propone recomendaciones para fortalecer las respuestas de la UE, incluyendo instrumentos legales más sólidos, cooperación multilateral y presión sobre terceros países y empresas tecnológicas.
Ohio’s Social Media Parental Consent Law Struck Down on Constitutional Grounds
Lawrence W. Gallick, Anthony M. Ramirez, and Aaron P. Rubin (Morrison & Foerster LLP) | 2025
El artículo analiza la decisión judicial que anuló la ley de Ohio sobre notificación parental en redes sociales. La norma exigía verificación de edad y consentimiento para que menores accedieran a plataformas, pero fue considerada inconstitucional por violar la libertad de expresión. El juez Marbley criticó la falta de proporcionalidad y la selección arbitraria de plataformas, recordando que incluso los menores tienen derechos protegidos por la Primera Enmienda.
La UE concede a las tecnológicas 16 meses más para que su IA de “alto riesgo” cumpla la normativa
Silvia Ayuso y Manuel G. Pascual | 2025
El artículo explica que la Comisión Europea ha propuesto ampliar hasta diciembre de 2027 (unos 16 meses más) el plazo para que las empresas tecnológicas cumplan los requisitos de supervisión de los sistemas de IA de alto riesgo establecidos en el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, que entró en vigor en 2024 y clasifica la IA según el nivel de riesgo para usuarios y derechos. El aplazamiento desplaza la aplicación de obligaciones estrictas —como controles, transparencia y estándares técnicos— que debían comenzar en agosto de 2026, argumentando que aún no se han publicado todos los estándares necesarios para su cumplimiento. La Comisión defiende el cambio como necesario para brindar certeza legal y apoyo a pymes y startups, mientras que críticos sostienen que puede favorecer a grandes tecnológicas y debilitar la protección de derechos fundamentales si se reduce la exigencia regulatoria en nombre de la competitividad e innovación.
El informe propone un conjunto de criterios éticos para guiar el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial confiables. Estas directrices establecen que una IA debe ser lícita (cumplir con las leyes y reglamentos vigentes), ética (respetar valores y principios éticos como dignidad humana, no discriminación y justicia) y robusta (técnica y socialmente segura para minimizar daños accidentales). El documento ofrece orientaciones para aplicar estos principios a lo largo del ciclo de vida de los sistemas de IA, contribuyendo a fortalecer la seguridad, transparencia, responsabilidad y confianza pública en tecnologías basadas en IA dentro de la Unión Europea, como base para futuras normas y prácticas sectoriales en este ámbito
Reglamento de IA: una oportunidad para innovar con seguridad
Jorge Castiñeira | 2024
El artículo destaca que el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial ofrece un marco regulatorio comprensivo que regula el uso y despliegue de sistemas de IA con un enfoque basado en el riesgo, con el objetivo de proteger valores y derechos fundamentales al tiempo que permite la innovación en Europa. Clasifica usos de IA según riesgo —prohibidos, de alto, limitado o mínimo— y establece obligaciones de transparencia, supervisión humana y gestión de riesgos para proveedores y usuarios, además de sanciones por incumplimiento. Aunque algunos actores tecnológicos han advertido de posibles barreras competitivas por las exigencias normativas, el artículo argumenta que esta regulación ofrece seguridad jurídica y crea un entorno fiable donde las empresas pueden innovar con respeto a derechos y seguridad, lo que podría convertirse en una ventaja competitiva frente a mercados sin reglas claras.
OSU Must Face Suit by Speech Group Using Members’ Pseudonyms
Bloomberg Law | 2024
Un juez federal permitió que un grupo de defensa de la libertad de expresión demande a la Universidad Estatal de Ohio (OSU) utilizando seudónimos para proteger la identidad de sus miembros. El grupo alega que las políticas de OSU violan sus derechos de la Primera Enmienda. El tribunal reconoció que el uso de seudónimos es apropiado dada la sensibilidad del caso y la posibilidad de represalias, marcando un precedente en litigios universitarios.
A través de este dossier, la ARCOM pone a disposición del profesorado una serie de herramientas pedagógicas sobre la libertad de expresión, la libertad de comunicación audiovisual, la manipulación de la información y los discursos de odio en Internet.
La relación entre la norma suprema e Internet resulta de extrema importancia en la era digital. Internet no es una mera una innovación técnica, pues supone una revolución en los modos de vida, de comunicación y de consumo. En términos de libertades individuales y públicas, Internet constituye un elemento ineludible para el ejercicio de la libertad de comunicación e información, pero es también un factor de nuevos riesgos para la protección de la vida privada y de los datos personales. En este contexto, la aproximación entre Internet y la Constitución se ha producido tanto en la afirmación de las grandes libertades garantizadas constitucionalmente, como en la definición de los grandes equilibrios entre las libertades frente a los nuevos riesgos de Internet. La Constitución y la jurisprudencia constitucional han sabido adaptarse al reto digital del siglo XXI, aunque la era digital invita al reconocimiento de nuevos derechos.
Lutte contre la manipulation de l’information. À propos de la loi organique n° 2018-1201 et de la loi n° 2018-1202 du 22 décembre 2018
Emmanuel Derieux | 2019
Con el fin de luchar contra la difusión de información falsa a través de las comunicaciones electrónicas, especialmente en períodos electorales, las leyes del 22 de diciembre de 2018 amplían las facultades de prevención y sanción que ya tenían la justicia y el Consejo Superior Audiovisual. En el momento de su elaboración, fueron denunciadas como inútiles y peligrosas para la libertad de comunicación. Sin embargo, fueron validadas por el Consejo Constitucional. Las prácticas de pluralismo, transparencia y educación en los medios de comunicación, también previstas, deberían permitir protegerse contra todas las formas de manipulación de la información.
La liberté d’expression à l’heure du numérique ou la difficile quête de l’équilibre sur les réseaux sociaux
Claire Legros | 2021
El artículo reflexiona sobre la difícil búsqueda de un equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y la proliferación de mensajes de odio o la difusión de informaciones falsas en las redes sociales.