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La neutralidad de Internet es un concepto popularizado en 2003 por Tim Wu, profesor de Derecho en la Universidad de Columbia (Nueva York). Este concepto tiende a preservar la idea original de Internet, basada en una gestión gualitaria de los flujos, en la que las redes retransmiten fielmente las señales que transportan. Si bien existe un concepto de neutralidad de Internet en sentido amplio (que abarca toda la cadena de valor de Internet), el principio de neutralidad de las redes se centra en las redes de acceso a Internet. Esto lleva a examinar las prácticas de los proveedores de servicios de acceso a Internet en sus redes, pero también en sus relaciones con determinados proveedores de contenidos y aplicaciones.
Internet et presse écrite : liberté de communication et neutralité des réseaux
Camille Broyelle y Judith Rochfeld | 2020
¿La distribución de la prensa escrita, regulada por la ley Bichet del 2 de abril de 1947, y la distribución de contenidos en Internet plantean los mismos retos en materia de libertad de comunicación y no discriminación? Si bien la obligación de distribución o transporte «neutral» de contenidos se aplica en ecosistemas muy diferentes y en condiciones materiales y económicas que no se basan en las mismas premisas, ¿podemos hoy en día descubrir retos comunes que hagan interesante una comparación de sus respectivos regímenes? En otras palabras, ¿cómo garantizar la libertad de comunicación en contextos distintos y cómo razonar de manera más homogénea con respecto a estos sectores que en un principio no se consideraban vecinos? La cuestión se plantea de nuevo con la profunda reforma de la ley Bichet llevada a cabo por la ley del 18 de octubre de 2019 y el irreversible auge de la distribución de la prensa por Internet.
Neutralité et responsabilité des intermédiaires de l’ Internet – Mythe ou réalité du principe de « neutralité »?
Emmanuel Derieux | 2012
¿Es el principio de «neutralidad de Internet», y en particular de los «intermediarios», una mera ilusión? De manera bastante inevitable, diversas disposiciones, tanto del Derecho europeo como nacional, recurren a la intervención de estos proveedores técnicos para el necesario control del uso de las redes y la ejecución de las condenas dictadas en caso de abusos cometidos por los usuarios. Ante la dimensión internacional de la comunicación, las medidas de filtrado y bloqueo resultan ser las únicas eficaces.
El informe propone un conjunto de criterios éticos para guiar el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial confiables. Estas directrices establecen que una IA debe ser lícita (cumplir con las leyes y reglamentos vigentes), ética (respetar valores y principios éticos como dignidad humana, no discriminación y justicia) y robusta (técnica y socialmente segura para minimizar daños accidentales). El documento ofrece orientaciones para aplicar estos principios a lo largo del ciclo de vida de los sistemas de IA, contribuyendo a fortalecer la seguridad, transparencia, responsabilidad y confianza pública en tecnologías basadas en IA dentro de la Unión Europea, como base para futuras normas y prácticas sectoriales en este ámbito
La UE concede a las tecnológicas 16 meses más para que su IA de “alto riesgo” cumpla la normativa
Silvia Ayuso y Manuel G. Pascual | 2025
El artículo explica que la Comisión Europea ha propuesto ampliar hasta diciembre de 2027 (unos 16 meses más) el plazo para que las empresas tecnológicas cumplan los requisitos de supervisión de los sistemas de IA de alto riesgo establecidos en el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, que entró en vigor en 2024 y clasifica la IA según el nivel de riesgo para usuarios y derechos. El aplazamiento desplaza la aplicación de obligaciones estrictas —como controles, transparencia y estándares técnicos— que debían comenzar en agosto de 2026, argumentando que aún no se han publicado todos los estándares necesarios para su cumplimiento. La Comisión defiende el cambio como necesario para brindar certeza legal y apoyo a pymes y startups, mientras que críticos sostienen que puede favorecer a grandes tecnológicas y debilitar la protección de derechos fundamentales si se reduce la exigencia regulatoria en nombre de la competitividad e innovación.
Reglamento de IA: una oportunidad para innovar con seguridad
Jorge Castiñeira | 2024
El artículo destaca que el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial ofrece un marco regulatorio comprensivo que regula el uso y despliegue de sistemas de IA con un enfoque basado en el riesgo, con el objetivo de proteger valores y derechos fundamentales al tiempo que permite la innovación en Europa. Clasifica usos de IA según riesgo —prohibidos, de alto, limitado o mínimo— y establece obligaciones de transparencia, supervisión humana y gestión de riesgos para proveedores y usuarios, además de sanciones por incumplimiento. Aunque algunos actores tecnológicos han advertido de posibles barreras competitivas por las exigencias normativas, el artículo argumenta que esta regulación ofrece seguridad jurídica y crea un entorno fiable donde las empresas pueden innovar con respeto a derechos y seguridad, lo que podría convertirse en una ventaja competitiva frente a mercados sin reglas claras.
Study on the deployment of AI in healthcare – Publications Office of the EUrep
Directorate-General for Health and Food Safety | 2025
El informe examina cómo se está implementando la IA en la atención sanitaria y por qué, pese a su potencial para mejorar eficiencia operativa, reducir cargas administrativas y apoyar diagnósticos y tratamientos, su adopción clínica real sigue siendo lenta. A través de revisión bibliográfica y consultas con actores sectoriales, identifica múltiples obstáculos tecnológicos y de datos, complejidades legales y regulatorias, desafíos organizativos y barreras sociales o culturales que dificultan el despliegue de IA en hospitales y sistemas sanitarios. El estudio también señala estrategias exitosas aplicadas globalmente que pueden servir de inspiración y plantea consideraciones para actuaciones futuras, proponiendo un marco de indicadores para monitorizar e integrar la IA de manera sostenible, equilibrando la innovación con la protección de los derechos fundamentales de pacientes y profesionales.
Factsheet – Cybersecurity of hospitals and healthcare providers
Directorate-General for Health and Food Safety | 2025
Factsheet en el que se visualiza el plan que la UE ha lanzado para fortalecer la resiliencia del sector sanitario frente a ataques cibernéticos, especialmente ransomware y otras amenazas que pueden poner en riesgo datos sensibles y la continuidad de los servicios de salud. El plan se articula en torno a cuatro pilares: prevención (mejorar la preparación y gestión de riesgos, formación de personal), detección (herramientas y alertas tempranas), respuesta y recuperación (servicios de respuesta a incidentes y ejercicios de ciberseguridad), y disuasión de actores maliciosos. La iniciativa, desarrollada en colaboración con proveedores sanitarios, Estados miembros y la comunidad de ciberseguridad, también contempla la creación de un centro de apoyo europeo para hospitales y recursos específicos para fortalecer capacidades técnicas y operativas. El objetivo es proteger los sistemas sanitarios como infraestructuras críticas y garantizar un entorno más seguro para pacientes y profesionales en toda la UE.
Joint statement: The EU must uphold hard-won protections for digital human rights
Amnistía Internacional | 2025
La noticia alerta de que las propuestas de “Digital Omnibus” de la Comisión Europea —presentadas como un paquete de simplificación normativa— en realidad supondrían un retroceso grave en las protecciones de derechos humanos digitales en la UE, debilitando marcos como el GDPR, ePrivacy y el AI Act que protegen la privacidad, limitan la vigilancia y evitan decisiones automatizadas injustas. Denuncian que el proceso se está llevando a cabo con poca transparencia y sin supervisión democrática adecuada, lo que podría facilitar seguimiento constante de personas, control de dispositivos y acceso a datos sensibles, y permitir que empresas e instituciones esquiven responsabilidades y obligaciones de rendición de cuentas. Las organizaciones instan a la Comisión a detener estos cambios, reafirmar un enfoque basado en derechos y mantener mecanismos efectivos de defensa y responsabilidad para proteger a la ciudadanía en el entorno digital.
Documento fundacional del principio de privacidad desde el diseño. Establece los siete principios fundacionales. Reconocido internacionalmente en la Conferencia de Comisionados de Protección de Datos de octubre de 2010 y posteriormente elevado a obligación jurídica en el artículo 25 del RGPD.