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Documento que define una “Carta de los derechos digitales en Internet”, basada en el pleno reconocimiento de la libertad, la igualdad, la dignidad y la diversidad de toda persona. La garantía de estos derechos constituye una condición esencial para el funcionamiento democrático de las instituciones y para evitar el predominio de poderes públicos o privados que conduzcan a una sociedad de vigilancia, control y selección social. Internet se configura como un espacio central para la autoorganización de personas y grupos y como un instrumento fundamental para promover la participación democrática y la igualdad sustancia
Linee guida in materia di trattamento di dati personali per profilazione on line
Autorità Garante per la protezione dei dati personali | 2015
En estas líneas guía, el Garante examina el tratamiento de datos personales en el contexto de servicios en línea, especialmente en relación con la perfilación de usuarios a través de datos recogidos por proveedores de servicios de la sociedad de la información. Se clarifican obligaciones de los responsables de tratamiento, con especial atención a los requisitos de información transparente a los interesados, la necesidad de consentimiento previo para finalidades de perfilación, y el respeto de principios jurídicos clave como finalidad y minimización del tratamiento. El documento diferencia entre usuarios autenticados y no autenticados, detalla cómo estructurar mecanismos de obtención y documentación del consentimiento, y subraya que la utilización de técnicas como fingerprinting y el cruce de datos requiere consentimiento explícito
Tennessee’s New Social Media Law Gives Employers Dos and Don’ts Regarding Employee Privacy
John P. Rodgers | 2015
El blog analiza la “Employee Online Privacy Act of 2014” de Tennessee, que prohíbe a los empleadores solicitar a sus empleados contraseñas o acceso a cuentas personales en redes sociales. La ley también impide represalias si el empleado se niega a compartir esa información. No obstante, permite ciertas acciones cuando se trata de dispositivos o cuentas proporcionadas por la empresa, equilibrando la privacidad del trabajador con los intereses corporativos.
En Missouri, la utilización de pseudónimos en demandas es rara y enfrenta una fuerte presunción de transparencia judicial. Por ejemplo, en Doe v. Visionaire Corp. (2000), una petición para litigar seudónimamente por “dolor emocional, vergüenza y humillación” fue denegada, ya que esas razones no superan la presunción de apertura en los tribunales. El tribunal resaltó que esa negativa no se puede apelar si resulta en un archivo sin perjuicio. Aunque hay casos en los que se permitió pseudonimato—como casos de abuso sexual infantil u objeciones a los registros de delincuentes sexuales—, generalmente se requiere justificación sólida para proceder bajo un nombre ficticio
EXPLAINING GOVERNMENT PERFORMANCE ON E-PARTICIPATION IN NEW JERSEY: GOVERNMENT CAPACITY AND WILLINGNESS
YUEPING ZHENG | 2015
La disertación analiza el desarrollo de la e-participación en los municipios de Nueva Jersey. Examina cómo la capacidad gubernamental (técnica, financiera, administrativa y política) y la voluntad de los gobiernos locales influyen en el uso de tecnologías para facilitar la participación ciudadana. A partir de encuestas y análisis de portales municipales, concluye que una mayor capacidad y disposición gubernamental mejoran el desempeño en e-participación, contribuyendo a servicios más inclusivos y participativos. El estudio llena un vacío en la literatura sobre gobierno electrónico.
Remote Access to Public Meetings Post-Covid: A Review of Rhode Island City and Town Councils and School Committees
ACLU Rhode Island | 2016
El informe “Hidden Agendas” de la ACLU de Rhode Island denuncia múltiples violaciones a la Ley de Reuniones Abiertas. Tras revisar agendas públicas de una semana, se detectaron descripciones vagas, uso de acrónimos incomprensibles y falta de información sobre lugar y hora. Estas prácticas dificultan la participación ciudadana y el acceso a información relevante. La ACLU propone reformas para garantizar avisos claros y accesibles, fortaleciendo el derecho a conocer y participar
Resolución 32/13 del CDH — Derechos humanos en Internet
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas | 2016
Resolución que reafirma que los mismos derechos que tienen las personas fuera de línea deben protegerse en línea. Insta a los Estados a abstenerse de adoptar medidas que impidan o dificulten el acceso a Internet. Refrendó la doctrina del Relator Especial Frank La Rue sobre la incompatibilidad de los bloqueos de Internet con el artículo 19 del PIDCP.
Preliminary EDPS Opinion on the review of the ePrivacy Directive (2002/58/EC)
European Data Protection Supervisor | 2016
El documento aborda la revisión de la ePrivacy Directive (2002/58/EC) aboga por un nuevo marco jurídico más claro, fuerte y actualizado que complemente y especifique las protecciones del GDPR, sin rebajar el nivel actual. Insiste en proteger la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas como un derecho fundamental para todos los servicios, incluidos VoIP, mensajería móvil, IoT y redes Wi‑Fi públicas. El consentimiento debe ser genuino y libre, sin “muros de cookies”, y ampliarse la protección del tráfico y datos de localización. Se solicita que el nuevo instrumento permita el uso de cifrado de extremo a extremo sin puertas traseras y que mejore la protección contra comunicaciones no solicitadas, requiriendo consentimiento previo. Asimismo, el EDPS recomienda extender el alcance y armonizar la aplicación para cubrir tecnologías modernas y garantizar mecanismos eficaces de consentimiento y revocación.
La ley SF0034 de Wyoming adopta el «Uniform Fiduciary Access to Digital Assets Act», permitiendo que fiduciarios accedan legalmente a activos digitales de personas fallecidas o incapacitadas. Establece procedimientos para la divulgación de registros electrónicos, impone deberes a custodios de datos y define el alcance del acceso fiduciario. La normativa garantiza que los activos digitales sean tratados como parte del patrimonio, respetando la privacidad y los derechos sucesorios.
SB 16-088 Revised Uniform Fiduciary Access to Digital Assets Act
Colorado General Assembly | 2016
La Ley SB16-088 de Colorado, aprobada en 2016, regula el acceso de fiduciarios a los activos digitales de personas fallecidas o incapacitadas. Establece condiciones para que representantes legales puedan acceder a cuentas, comunicaciones electrónicas y otros datos digitales, siempre que exista consentimiento explícito. La norma busca equilibrar la privacidad del usuario con la necesidad de gestión legal de sus bienes digitales, incluyendo herramientas en línea para autorizar o restringir el acceso.