Fortaleciendo el acceso al conocimiento y el análisis crítico sobre los derechos digitales, este buscador permite explorar de forma ágil una cuidada selección de materiales y documentos, con fuentes confiables y actualizadas.
Iowa’s Ct. Adopts Federal Court’s Presumption Against Pseudonymity
Eugene Volokh | 2025
La Corte de Iowa adoptó la presunción de los tribunales federales en contra del uso de pseudónimos en procesos judiciales. Esto significa que, por defecto, los litigantes deben utilizar sus nombres reales, limitando la posibilidad de proteger la identidad de las partes en casos judiciales. La medida genera un debate sobre el equilibrio entre transparencia judicial, libertad de expresión y la protección de la privacidad e identidad de los individuos en entornos digitales y legales.
Artículo que analiza las dificultades que encuentras las víctimas de comentarios denigrantes o difamatorios en espacios digitales para identificar a sus autores y conseguir la retirada de tales contenidos. El autor centra su estudio en la legislación francesa (Loi visant à Sécuriser et Réguler l’Espace Numérique – Loi SREN) e, indirectamente, en el Reglamento de Servicios Digitales, que aquella transpone, y concluye advirtiendo de la necesidad de nuevas reformas normativas que ofrezcan mayor protección y garantías a las víctimas.
En la página web se explica que la privacidad digital en la UE se basa en normas comunes diseñadas para proteger la información personal de los ciudadanos cuando utilizan servicios digitales y comunicaciones electrónicas, como datos de nombre, dirección o detalles financieros, que a menudo se comparten con proveedores de Internet o sitios web. El marco principal está formado por la Directiva sobre privacidad y las comunicaciones electrónicas y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establecen condiciones estrictas para la recopilación y uso de datos, derechos de las personas y obligaciones de las organizaciones que manejan esa información, incluida la notificación de violaciones de datos personales a las autoridades y a los usuarios afectados. Además, la UE publica noticias y propuestas relacionadas con la simplificación y actualización de normas sobre privacidad, comunicaciones y seguridad para reforzar la protección en línea.
Informe de la Commission nationale de l’informatique et des libertés (CNIL) sobre la identidad digital en Francia y en la Unión Europea. El trabajo pone el foco en las tecnologías que permiten al ciudadano identificarse en el entorno digital (como FranceConnect, France Identité o la futura Cartera Europea de Identidad Digital) y advierte de los riesgos de centralización, perfilado de la población y exclusión de ciertos colectivos por barreras o brechas digitales. De forma crítica, se aboga por la preservación de una pluralidad de identidades digitales y del pseudonimato, así como por el mantenimiento de alternativas no digitales.
Vérification de majorité et protection des données à caractère personnel
Ludovic Pailler | 2023
La verificación de la mayoría de edad del internauta que accede a un sitio web con contenido pornográfico implica inevitablemente un tratamiento de datos personales. Los retos son significativos, dado que la relación entre la identidad de una persona y su actividad en Internet – incluida la consulta de sitios web de carácter pornográfico – permite deducir información íntima (así, la relativa a vida sexual o la orientación sexual) cuyo tratamiento se encuentra, en principio, prohibido.
Le blocage de l’accès aux sites pornographiques demandé directement aux fournisseurs d’accès à Internet
Margot Musson | 2023
Comentario de la sentencia de la Corte de Casación francesa de 18 de octubre de 2023 (Cass. 1re civ., 18 oct. 2023, n° 22-18.926 :JurisData n° 2023-017683). El Alto Tribunal francés sostiene que las asociaciones protectoras de los intereses del menor pueden requerir directamente a los proveedores de acceso a Internet para que adopten las medidas necesarias a los efectos de impedir el acceso a los sitios web de contenido pornográfico bajo el fundamento del art. 6-I.8 LCEN. No constituye una condición de admisibilidad de la demanda que previamente los actores se hayan dirigido contra otros servicios de intermediación en línea, en particular los prestadores de servicios de alojamiento de datos.
El artículo presenta un escrito amicus curiae en el caso Doe v. Roe, donde se argumenta contra el uso del pseudonimato en demandas por difamación en Ohio. Se defiende el principio de acceso público a los registros judiciales, incluyendo los nombres de las partes, como garantía de transparencia y supervisión del sistema legal. Se sostiene que este caso no justifica una excepción a dicha norma.
Privacy Law Recap 2024: State Consumer Privacy Laws
Miriam Farhi, Alison Watkins, Alanna Elinoff, Charlotte D. Kress | 2024
El artículo de Perkins Coie ofrece una visión general de las leyes estatales de privacidad en EE. UU. en 2024, destacando cómo cada Estado aborda el tratamiento de datos personales. Aunque el término «pseudoanonimato» no siempre aparece explícitamente, varios Estados reconocen los datos seudonimizados como información que no identifica directamente a una persona sin datos adicionales. Sin embargo, si esos datos pueden ser razonablemente reidentificados, siguen sujetos a regulación. Esto refleja una tendencia hacia una protección más matizada, aunque menos estricta que el RGPD europeo, que sí define y regula claramente la pseudonimización como técnica de seguridad.
No TRO for Prominent but Pseudonymous Surgeon Suing the University of Michigan for Allegedly Improper Suspension
Eugene Volokh | 2022
El artículo analiza el caso de un cirujano pediátrico que demandó a la Universidad de Michigan alegando suspensión indebida, solicitando mantener el anonimato en el proceso judicial. El juez denegó la orden de restricción temporal y cuestionó la justificación del pseudonimato. El caso plantea debates sobre el derecho a proteger la identidad en litigios públicos, especialmente cuando se alegan daños reputacionales en el entorno digital.
En Missouri, la utilización de pseudónimos en demandas es rara y enfrenta una fuerte presunción de transparencia judicial. Por ejemplo, en Doe v. Visionaire Corp. (2000), una petición para litigar seudónimamente por “dolor emocional, vergüenza y humillación” fue denegada, ya que esas razones no superan la presunción de apertura en los tribunales. El tribunal resaltó que esa negativa no se puede apelar si resulta en un archivo sin perjuicio. Aunque hay casos en los que se permitió pseudonimato—como casos de abuso sexual infantil u objeciones a los registros de delincuentes sexuales—, generalmente se requiere justificación sólida para proceder bajo un nombre ficticio