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New Illinois Law Expands Employee Privacy Rights and Employer Obligations
David J. Pryzbylski y Tae K. Kim | 2025
Este artículo analiza las recientes reformas a la Ley de Privacidad de la Información Biométrica de Illinois (BIPA), las cuales expanden significativamente los derechos de los trabajadores y las obligaciones de los empleadores. La legislación busca mitigar el impacto de litigios masivos al aclarar que las violaciones por la recolección múltiple de un mismo dato biométrico se consideran una sola infracción, en lugar de una violación por cada instancia de escaneo. No obstante, el texto advierte que las empresas deben ser extremadamente diligentes en la obtención de consentimientos por escrito y en la implementación de políticas claras de retención y destrucción de datos. El análisis subraya que, a pesar de estas precisiones, Illinois sigue siendo uno de los estados con las normativas de privacidad laboral más estrictas del país, exigiendo a las organizaciones una revisión exhaustiva de sus sistemas de control de asistencia y seguridad para evitar sanciones civiles costosas.
Higher Education and the Next Wave of Pixel-Tracking Litigation: Lessons from the Michigan VPPA Decision
ibbie D. Walker y Robert J. "Bob" Romashko | 2025
Este artículo analiza una nueva ola de litigios dirigidos contra instituciones de educación superior por el uso de tecnologías de rastreo, como el Píxel de Meta, en sus sitios web. Los autores explican que estas herramientas pueden capturar y transmitir datos sensibles de estudiantes y solicitantes a plataformas de terceros sin el consentimiento adecuado, lo que podría violar leyes federales como la Ley de Privacidad de Video (VPPA) y la Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar (FERPA). El texto ofrece lecciones críticas derivadas de casos recientes en otros sectores, advirtiendo a las universidades sobre los riesgos de responsabilidad civil y daño reputacional. Se recomienda a las instituciones realizar auditorías técnicas de sus portales web, actualizar sus políticas de privacidad y garantizar que las herramientas de marketing digital no comprometan la confidencialidad de la información académica y personal de su comunidad estudiantil.
Comment associer les créateurs à la valeur produite par l’utilisation de leurs œuvres par les systèmes d’intelligence artificielle?
Valérie-Laure Benabou | 2025
El desarrollo de la inteligencia artificial generativa puede amenazar el equilibrio económico del sector creativo. Partiendo de estapremisa, el artículo analiza las diferentes soluciones que podrían permitir a los creadores recibir una remuneración por el uso de sus obras por parte de estos sistemas, y contempla la figura del dominio público de pago para hacer menos atractiva la explotación de las cuasi-obras generadas por la IA.
Les effets de l’IA sur les conditions de travail des salariés : quelle(s) réponse(s) du droit positif ?
Fanny Gabroy | 2025
El despliegue de los sistemas de IA en las empresas, ya sea como herramienta para la ejecución del trabajo o como herramienta de gestión del personal, tiene efectos ambivalentes sobre las condiciones de trabajo. Garantes de la seguridad y la salud de los empleados o portadores de mejoras en el bienestar en el trabajo, también pueden ser factores de deterioro de las condiciones de trabajo. Ante estos retos, el derecho positivo no está desprovisto de recursos. La Unión Europea se ha comprometido a elaborar una legislación específica, que sin embargo no está exenta de limitaciones. Esto lleva a cuestionar la conveniencia de las regulaciones sectoriales y la capacidad del derecho común para abordar los retos que plantea la IA en las condiciones de trabajo.
L’intelligence artificielle et les risques pour les libertés fondamentales
Pauline Türk | 2025
El artículo se centra en el análisis de los riesgos que entraña el uso de la inteligencia artificial. En primer lugar, se centra en el propio concepto de IA, analizando todos sus contornos. Posteriormente divide su estudio en dos partes, que a su vez se dividen en dos secciones. En la primera se centra en las posibles injerencias sobre la esfera de la intimidad de los individuos que puede suponer el uso de la IA. Seguidamente, se centra más en la esfera pública. Así, analiza los riesgos sobre las garantías encesarias en una democracia y las posibles infracciones de libertades públicas. En la segunda parte se dedica al estudio de la actual regulación de la IA contenida en el Reglamento europeo de 2024. Ahí se interesa especialmente por su enfoque preventivo y ético.
L’accessibilité numérique : les nouvelles obligations à l’horizon 2025.
Jonathan Courcier | 2025
El artículo examina las obligaciones de accesibilidad de las empresas, en particular a través de la RGAA, así como las sanciones en caso de incumplimiento. También aborda las recientes reformas, las implicaciones de la ordenanza de 2023 para la accesibilidad telefónica y los nuevos requisitos previstos para 2025.
IA Act et l’Acte européen sur l’accessibilité : deux nouvelles réglementations numériques à adopter.
Jochen Bauerreis | 2025
Analizamos dos cambios importantes que están rediseñando el panorama digital europeo: la Ley de IA y la Ley Europea de Accesibilidad. La primera regula el uso de la inteligencia artificial en función de los riesgos que presenta, mientras que la segunda obliga a las empresas a hacer que sus servicios digitales sean accesibles para todos a partir de junio de 2025. Estas nuevas normativas no se limitan a imponer obligaciones, sino que ofrecen una verdadera oportunidad para demostrar el compromiso de su empresa con una innovación responsable e inclusiva.
Intelligence artificielle au travail : enjeux juridiques et leviers d’action pour les DRH.
Henri Guyot y Sophie-Anaïs Papafilippou | 2025
La inteligencia artificial (IA) se está imponiendo como una herramienta estructurante en las organizaciones. Automatización de tareas, mejora de procesos, nuevas profesiones… pero también reestructuraciones, retos de confidencialidad y riesgos psicosociales. Para los directores de recursos humanos, la IA ya no es una cuestión teórica, sino una realidad operativa. Dado que transforma tanto las prácticas individuales como la organización del trabajo y el diálogo social, su implementación requiere un razonamiento en tres dimensiones: con respecto a los empleados, con respecto a los puestos de trabajo y con respecto a los interlocutores sociales.
Nouvelle restriction judiciaire mise à l’exercice d’un droit de réponse en ligne. TJ Paris, ord. réf., 19 novembre 2024, n° 24/55940, Association SOS Méditerranée c/ Marc F. et a.
Emmanuel Dreyer | 2025
Tras recibir una solicitud de inserción forzosa de un derecho de réplica en línea, el juez de medidas cautelares señala que las disposiciones aplicables son las vigentes en el momento de su ejercicio, en este caso el nuevo artículo 1-1-III de la Ley de confianza en la economía digital (LCEN), introducido por la Ley de 21 de mayo de 2024 destinada a proteger y regular el espacio digital (SREN). Este artículo es aplicable, aunque aún no se haya publicado el decreto de aplicación correspondiente. El juez considera además que la aplicación directa del nuevo artículo 1-1-III de la LCEN debe reservarse a los casos de rectificación fáctica, excluyendo así su aplicación a un foro de opinión.
Plateformes en ligne et modération des contenus : la liberté d’expression à l’épreuve du concept d’évidence
Nathalie Mallet-Poujol | 2025
La multiplicación en Internet de mensajes a menudo anónimos, llenos de odio o desinformación, principalmente a través de las redes sociales, sitúa el tema de su moderación en el centro del debate. Los proveedores técnicos de acceso y alojamiento son ahora los nuevos auxiliares de la publicación, en lugar de los impresores y vendedores ambulantes. La moderación previa notificación —o moderación ex post— frente a contenidos manifiestamente nocivos se ha complementado con la DSA mediante una moderación masiva, espontánea o previa denuncia, para las grandes plataformas, con respecto a contenidos manifiestamente prohibidos. La primera parte de este estudio se centra en los mecanismos de moderación de los contenidos de odio en línea manifiestamente ilícitos, por un lado, y los contenidos que requieren un olvido digital, manifiestamente perjudiciales, por otro.