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Internet et presse écrite : liberté de communication et neutralité des réseaux
Camille Broyelle y Judith Rochfeld | 2020
¿La distribución de la prensa escrita, regulada por la ley Bichet del 2 de abril de 1947, y la distribución de contenidos en Internet plantean los mismos retos en materia de libertad de comunicación y no discriminación? Si bien la obligación de distribución o transporte «neutral» de contenidos se aplica en ecosistemas muy diferentes y en condiciones materiales y económicas que no se basan en las mismas premisas, ¿podemos hoy en día descubrir retos comunes que hagan interesante una comparación de sus respectivos regímenes? En otras palabras, ¿cómo garantizar la libertad de comunicación en contextos distintos y cómo razonar de manera más homogénea con respecto a estos sectores que en un principio no se consideraban vecinos? La cuestión se plantea de nuevo con la profunda reforma de la ley Bichet llevada a cabo por la ley del 18 de octubre de 2019 y el irreversible auge de la distribución de la prensa por Internet.
Ordonnance du 12 décembre 2018. Poursuite de l’adaptation du droit français avec le RGPD (2e partie: Les traitements relevant du RGPD)
Anne Debet, Nathalie Metallinos | 2019
La ley de 20 de junio de 2018, relativa a la protección de datos, contemplaba la adopción de un decreto a efectos de simplificar y hacer más coherente la legislación, garantizando el respeto de la jerarquía normativa y subsanando los posibles errores u omisiones cometidos por el legislador. El trabajo da cuenta de la publicación de dicho decreto, que modifica la estructura global del texto e introduce un nuevo Título II sobre los tratamientos de datos sujetos al RGPD.
Une validation presque complète de la loi Informatique et Libertés par le Conseil constitutionnel (Partie I)
Anne Debet | 2019
El Estado francés modificó su Ley de protección de datos personales en el año 2018. Varias alegaciones fueron presentadas contra este texto que culmimó siendo sometido a la valoración del Consejo de Estado Francés (Cons. const., déc. n° 2018-765 DC, 12 juin 2018). En su decisión, el Consejo rechaza la alegación basada en el incumplimiento del objetivo de accesibilidad e inteligibilidad de la ley. Considera asismimo que las disposiciones sobre la toma de decisiones automatizadas, así como el requisito de doble consentimiento del titular de la patria potestad y del menor para los tratamiento de datos de menores de 15 años son conformes a la Constitución. Resulta únicamente invalidada aquella disposición que permitía el tratamiento de datos relativos a infracciones «bajo el control de la autoridad pública», por considerarla insuficientemente precisa. Aprueba, no obstante, las demás modificaciones del artículo 9 relativas al tratamiento de las infracciones, constitucionales (tratamiento abierto a las personas jurídicas de derecho privado que colaboran con el servicio público de la justicia y a las personas que actúan como víctimas o acusadas en el marco de la comisión de infracciones penales).
Lutte contre la manipulation de l’information. À propos de la loi organique n° 2018-1201 et de la loi n° 2018-1202 du 22 décembre 2018
Emmanuel Derieux | 2019
Con el fin de luchar contra la difusión de información falsa a través de las comunicaciones electrónicas, especialmente en períodos electorales, las leyes del 22 de diciembre de 2018 amplían las facultades de prevención y sanción que ya tenían la justicia y el Consejo Superior Audiovisual. En el momento de su elaboración, fueron denunciadas como inútiles y peligrosas para la libertad de comunicación. Sin embargo, fueron validadas por el Consejo Constitucional. Las prácticas de pluralismo, transparencia y educación en los medios de comunicación, también previstas, deberían permitir protegerse contra todas las formas de manipulación de la información.
Refus, du juge des référés, d’ordonner, en période électorale, le retrait d’un message en ligne dénoncé comme inexact et trompeur
Emmanuel Derieux | 2019
Considerando que no se cumplen las condiciones de inexactitud de las alegaciones, amplitud de la difusión y riesgo de alteración de la sinceridad de las próximas elecciones, determinadas por el artículo L. 163-2 del Código Electoral (tal y como se deriva de la ley n.º 2018-1202, de 22 de diciembre de 2018, denominada «lucha contra la manipulación de la información»), no se cumplen, el juez de medidas cautelares concluye que «no procede estimar la solicitud de retirada» del tuit impugnado.
De la régulation des contenus haineux à la régulation des contenus (illicites)
Karine Favro y Célia Zolynski | 2019
En la línea de los debates sobre la represión de las noticias falsas que han llevado a la aprobación de las llamadas leyes «infox», ahora le toca el turno a la propagación de contenidos que incitan al odio en las redes sociales. Se vuelven a debatir cuestiones prácticamente idénticas sobre el método legislativo y la regulación de los contenidos debido a su amplificación por las redes sociales. De ello se desprende que es necesario reflexionar sobre el modelo de regulación para preservar la libertad de expresión. Debe garantizarse el equilibrio entre la libre circulación sin fronteras de los contenidos a través de las plataformas de redes sociales, las medidas preventivas que deben aplicarse para evitar los contenidos ilícitos y el control represivo de los contenidos que incitan al odio en el marco de un dispositivo comprendido y aceptado por todos los actores (Estados —legislador, juez, autoridad reguladora—, plataformas, operadores y usuarios). Este es el reto de una regulación moderna de los contenidos ilícitos.
Neutralité et responsabilité des intermédiaires de l’ Internet – Mythe ou réalité du principe de « neutralité »?
Emmanuel Derieux | 2012
¿Es el principio de «neutralidad de Internet», y en particular de los «intermediarios», una mera ilusión? De manera bastante inevitable, diversas disposiciones, tanto del Derecho europeo como nacional, recurren a la intervención de estos proveedores técnicos para el necesario control del uso de las redes y la ejecución de las condenas dictadas en caso de abusos cometidos por los usuarios. Ante la dimensión internacional de la comunicación, las medidas de filtrado y bloqueo resultan ser las únicas eficaces.
La relación entre la norma suprema e Internet resulta de extrema importancia en la era digital. Internet no es una mera una innovación técnica, pues supone una revolución en los modos de vida, de comunicación y de consumo. En términos de libertades individuales y públicas, Internet constituye un elemento ineludible para el ejercicio de la libertad de comunicación e información, pero es también un factor de nuevos riesgos para la protección de la vida privada y de los datos personales. En este contexto, la aproximación entre Internet y la Constitución se ha producido tanto en la afirmación de las grandes libertades garantizadas constitucionalmente, como en la definición de los grandes equilibrios entre las libertades frente a los nuevos riesgos de Internet. La Constitución y la jurisprudencia constitucional han sabido adaptarse al reto digital del siglo XXI, aunque la era digital invita al reconocimiento de nuevos derechos.
« HADOPI », ou quand la répression devient pédagogique. Une analyse critique du dispositif juridique de lutte contre le téléchargement sur les réseaux « de pair à pair »
Cristophe Geiger | 2011
Francia, primer país europeo en legislar directamente sobre la importante pero delicada cuestión del intercambio de archivos en Internet, ha establecido un completo dispositivo jurídico para luchar contra las descargas desde redes «peer to peer». Fruto de tres leyes y multitud de decretos de aplicación, el sistema establecido es complejo, muy costoso y puede resultar difícil de aplicar. Partiendo de una voluntad manifiesta de dar prioridad a la educación y la prevención, el legislador ha acabado por crear un dispositivo con un fuerte potencial represivo, debido principalmente a la posibilidad de acumular sanciones administrativas y penales, y cuya compatibilidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos sigue siendo cuestionable debido al carácter desproporcionado de las posibles violaciones de los derechos fundamentales que pueden derivarse de él. Por lo tanto, es muy probable que la solución adoptada no constituya la respuesta jurídica adecuada a la descarga masiva de obras en Internet y que aún deban explorarse nuevas vías que permitan obtener una remuneración justa para los creadores sin recurrir a la represión (por otra parte poco eficaz) de los usuarios.
A través de este dossier, la ARCOM pone a disposición del profesorado una serie de herramientas pedagógicas sobre la libertad de expresión, la libertad de comunicación audiovisual, la manipulación de la información y los discursos de odio en Internet.