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Neighbors Credit Union Data Breach – Investigated by Federman & Sherwood
Federman & Sherwood | 2025
La firma legal Federman & Sherwood ha iniciado una investigación formal contra Neighbors Credit Union tras el reporte de un incidente de seguridad que comprometió los datos personales de miles de sus miembros. La filtración, detectada originalmente en septiembre de 2024, expuso información altamente sensible, incluyendo nombres completos, números de Seguro Social, licencias de conducir, fechas de nacimiento e información financiera (como números de cuentas y tarjetas de crédito). El bufete de abogados busca determinar si la institución financiera implementó medidas de ciberseguridad adecuadas para proteger a sus clientes y si cumplió con las leyes federales y estatales de privacidad. El comunicado invita a los afectados a unirse a una posible demanda colectiva, enfatizando el riesgo de robo de identidad y fraude financiero que enfrentan los usuarios cuya información médica y personal fue vulnerada debido a las presuntas deficiencias en los protocolos de seguridad de la cooperativa.
Missouri Adopts New Data Breach Notice Law for Insurers – The 10 Things Insurers and Licensed Entities Need to Know
Randall Coffey, Daniel Pepper y Jillian Seifrit. | 2025
Este artículo analiza la reciente aprobación de la Ley de Seguridad de Datos de Seguros (House Bill 974) en Missouri, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2026. La normativa establece estándares estrictos de seguridad de la información para las entidades con licencia en el sector de seguros, obligándolas a implementar programas escritos de seguridad de datos y a realizar evaluaciones de riesgo periódicas. Los autores destacan que la ley impone un protocolo de notificación acelerado: en caso de una brecha de seguridad, las empresas deben notificar al Director del Departamento de Comercio y Seguros de Missouri en un plazo máximo de 72 horas (o cuatro días hábiles en ciertos casos específicos). Además de las notificaciones, se exige a las aseguradoras supervisar a sus proveedores externos y presentar una certificación anual de cumplimiento. Esta ley alinea a Missouri con una tendencia nacional de regulaciones de ciberseguridad específicas para la industria financiera y de seguros, elevando significativamente la responsabilidad legal de estas organizaciones.
Nouvelle restriction judiciaire mise à l’exercice d’un droit de réponse en ligne. TJ Paris, ord. réf., 19 novembre 2024, n° 24/55940, Association SOS Méditerranée c/ Marc F. et a.
Emmanuel Dreyer | 2025
Tras recibir una solicitud de inserción forzosa de un derecho de réplica en línea, el juez de medidas cautelares señala que las disposiciones aplicables son las vigentes en el momento de su ejercicio, en este caso el nuevo artículo 1-1-III de la Ley de confianza en la economía digital (LCEN), introducido por la Ley de 21 de mayo de 2024 destinada a proteger y regular el espacio digital (SREN). Este artículo es aplicable, aunque aún no se haya publicado el decreto de aplicación correspondiente. El juez considera además que la aplicación directa del nuevo artículo 1-1-III de la LCEN debe reservarse a los casos de rectificación fáctica, excluyendo así su aplicación a un foro de opinión.
Accès aux données personnelles du défunt : une appréciation stricte de la compétence territoriale. Observations sous Conseil d’État, 5 juill. 2021, n° 447088
David Forest | 2022
El Consejo de Estado constata que el tratamiento de los datos personales relativos a una persona fallecida no entra en el ámbito de aplicación del RGPD, sino de la legislación nacional. Por lo tanto, el único criterio que se aplica es la actividad del establecimiento o del encargado del tratamiento en «territorio francés», independientemente de que el tratamiento se realice o no en Francia. Dado que esta situación no se da en el presente caso, se descarta la aplicación de la ley de 6 de enero de 1978.
L’avenir des données personnelles sur les réseaux sociaux de la personne décédée.
Lucas Massard | 2020
La entrada de blog explora la regulación del acceso a los datos personales contenidos en cuentas de redes sociales tras el fallecimiento de una persona.
Italy’s contribution to the report on ‘The right to privacy in the digital age
Ministero degli Affari Esteri - Comitato interministeriale per i Diritti Umani | 2025
El documento recoge la contribución de Italia al informe de la ONU sobre “El derecho a la privacidad en la era digital” (HRC Res. 54/21). Presenta el papel y la estructura de la Autoridad Italiana de Protección de Datos (Garante per la protezione dei dati personali), autoridad administrativa independiente creada por la Ley 675/1996 y actualmente regulada por el Código de Protección de Datos Personales (D. Leg. 196/2003), modificado por el D. Leg. 101/2018, que la designa como autoridad de control del RGPD conforme al art. 51 del Reglamento 2016/679. Su misión es salvaguardar derechos y libertades fundamentales en el tratamiento de datos personales y garantizar la dignidad de las personas. Funciona como órgano colegiado de cuatro miembros elegidos por el Parlamento por siete años. Entre sus competencias destacan: supervisar la licitud del tratamiento, tramitar reclamaciones, limitar o prohibir tratamientos, emitir recomendaciones, asesorar al legislador, elaborar un informe anual y participar en cooperación europea e internacional. Italia reafirma su compromiso con los mecanismos de derechos humanos de la ONU
El documento ofrece una panorámica sobre los derechos humanos en la era digital (HURDA), las tendencias y los desafíos asociados a los mismos, así como los enfoques de fortalecimiento de capacidades que se han adoptado para fomentarlos y protegerlos. El informe presenta una serie de recomendaciones que deben ser consideradas por los actores involucrados en los esfuerzos de fortalecimiento de capacidades centrados en los derechos humanos.
El documento examina la compleja relación entre el software de código abierto y los sistemas contemporáneos de inteligencia artificial, con especial atención al ámbito de las telecomunicaciones. Se analiza cómo el paradigma tradicional del open source, centrado en la accesibilidad del código fuente, resulta insuficiente frente a la opacidad de elementos esenciales como los datos de entrenamiento y los pesos de los modelos. El estudio denuncia la práctica del denominado “open washing”, mediante la cual soluciones propietarias se presentan indebidamente como abiertas. Asimismo, se abordan los desafíos jurídicos relativos a la auditoría, la reproducibilidad y la atribución de responsabilidades en el funcionamiento de la inteligencia artificial. A partir del examen de los marcos normativos europeo, estadounidense y chino, el texto subraya la necesidad de reforzar la transparencia y la conformidad regulatoria. Finalmente, se destaca la importancia de decisiones estratégicas informadas para equilibrar innovación, competencia y protección de derechos.
Este capítulo introductorio presenta el marco general de la obra dedicada a la gobernanza de los intereses informacionales en las sociedades digitales. En primer lugar, identifica tres grandes enfoques reguladores: la aplicación de principios jurídicos tradicionales, la adopción de normativas específicas y el uso de soluciones tecnológicas con fines regulatorios. A partir de este trasfondo, se examina el panorama de derechos y vulneraciones informacionales, destacando su creciente complejidad. El texto muestra cómo algunos intereses se configuran como auténticos derechos subjetivos, mientras que otros se manifiestan como prácticas lesivas que reclaman intervención normativa. Asimismo, se ofrece una síntesis sistemática de las contribuciones incluidas en el volumen, cada una centrada en un aspecto particular de los desafíos regulatorios contemporáneos. El capítulo cumple así una función metodológica esencial, al proporcionar las claves interpretativas necesarias para comprender las transformaciones jurídicas inducidas por las tecnologías digitales.